CURSO DE CAPACITACION PARA EL PERSONAL DE MAESTRANZA Y SERVICIO
Resolución
San Juan, 17 de octubre de
2017.
- - - VISTO: la resolución
emanada de la Corte
de Justicia de la Provincia
de San Juan, de fecha tres de octubre de dos mil diecisiete, en Autos N° 82968,
caratulados “DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS s/ Pone en conocimiento (ref.
informe), por la que se: “RESUELVE: I-
Encomendar a la Escuela de Capacitación Judicial la organización de un examen,
en la modalidad y condiciones que así lo establezca, para que puedan rendir
voluntariamente aquellos empleados del Escalafón Obrero, Maestranza y Servicios
que desarrollan principalmente tareas administrativas, de conformidad al
listado que se adjunta a la presente. II) Solicitar a la Escuela de
Capacitación, que al concluir el examen, remita al Tribunal los resultados de
aquellos empleados que fueron aprobados, estableciendo un orden de mérito.-“.
- - - Y CONSIDERANDO: - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - Lo determinado en el Acuerdo General Nº 34 de fecha dieciséis de
diciembre de mil novecientos noventa y siete, emanado de la Corte de Justicia de la Provincia de San Juan,
que acuerda: “… Crear la Escuela de Capacitación
Judicial como organismo dependiente de la Corte de justicia, cuyo objetivo principal será:
A) Promover la formación continua y el perfeccionamiento de Magistrados,
Funcionarios y demás integrantes del Poder Judicial. La actividad ordinaria de
la misma será el dictado de cursos, seminarios, charlas, adecuado a las
particularidades inherentes a los fueros y grados de los distintos organismos
del Poder Judicial, destinados a Magistrados, Funcionarios y empleados…”. - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - -
- - - -- -- - - - - - - - - - - - - - - - - - Que corresponde que esta
resolución sea sometida a tratamiento de los Sres. Miembros integrantes de la Comisión Directiva
de la Escuela
de Capacitación, lo que así se hace, y que consta en Acta Nº 03/2017 de Reunión de Comisión
Directiva de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecisiete - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - Que impuestos los Sres.
Miembros, quienes, en cumplimiento de la resolución emanada de la Corte de Justicia, y
convencidos de la necesidad de capacitar a todos los agentes del Poder
Judicial, y en este caso específico a los que revisten en escalafón de Personal
Obrero, Maestranza y Servicio, la Comisión
Directiva de la
Escuela de Capacitación Judicial RESUELVE: - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
- - - - - - - - - - - - - - I) Formalizar y ejecutar un Curso de Capacitación para el Personal Obrero, Maestranza y Servicio –
Edición 2017, en los términos de la resolución citada en los vistos de la
presente resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - II)
Disponer, a los fines de su formalización, la redacción de un Reglamento del Curso,
el que deberá contener claras especificaciones en relación a: 1) requisitos de
admisión, 2) del trámite de inscripción, 3) del material de estudio, 4) de la
modalidad de estudio y 5) del sistema de calificación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - III)
Disponer asimismo la confección de un formulario de inscripción. - - - - - - -
- - - - - - IV) Se establece que el reglamento y el formulario de inscripción
será sometido a consideración de los Sres. Miembros integrantes de la Comisión Directiva ,
sin necesidad de convocar a una nueva reunión de Comisión. - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - VI) Autorizar al Señor Director de la Escuela de Capacitación a
tomar decisiones que resulten necesarias durante el desarrollo del curso - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - VI) Concluido el mismo, su resultado será puesto a consideración de los
Sres. Miembros de Comisión Directiva, sin necesidad de convocar a una nueva
reunión de Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VII) Fecho,
será remitido un informe detallado a la Corte de Justicia, acompañado de la documentación
respaldatoria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - Protocolícese y notifíquese a quien corresponda.-
Reglamento de estudios
El presente reglamento se
aplica a todos los agentes aspirantes comprendidos en el listado presentado por
la Dirección de Recursos Humanos.
I-
Requisitos de Admisión.
Estar comprendido en el
listado presentado por la Dirección de Recursos Humanos
II- Del trámite de inscripción.
1)
El personal referido en el punto I- del presente reglamento
será notificado telefónicamente a fin de que concurra personalmente por Secretaría Administrativa de esta Escuela de
Capacitación.
2)
Durante los días 18, 19 y 20 de octubre de 2017, los
interesados en participar en este curso deberán presentar personalmente o por
correo electrónico dirigido a la Secretaría Administrativa de esta Escuela (capacitacionjudicial.sanjuan@gmail.com) su SOLICITUD DE
INSCRIPCIÓN, bajo apercibimiento de tenerlo por no inscripto.
3)
La solicitud de inscripción deberá contener los datos que se
adjuntan a la notificación.
4)
Finalizado el plazo de inscripción la Escuela publicará la
nómina de postulantes en su página web.
5)
El trámite de inscripción será por correo electrónico, o
personal.
III- Del material de estudio
El material se divide en
cuatro módulos:
1º módulo: Nociones de Derecho
Constitucional. Derechos y garantías. División de poderes. Atribuciones.
2º módulo: Ley Orgánica de Tribunales.
Ley del Ministerio Público. Deberes y Derechos del empleado judicial. Ética.
Reglas de Brasilia.
3º módulo: Proceso. Procedimiento:
nociones y conceptos. Actos o actuaciones procesales. Audiencias. Oficios y
exhortos. Tiempos de los actos procesales.
Se deja expresa aclaración de
que el material de lectura es orientador, y que deberá ser complementado con la
Constitución Nacional, Ley Orgánica del Poder Judicial y del Ministerio
Público, y Códigos de Procedimiento vigentes.
IV- De la metodología
Una vez inscripto, el
cursante recibirá el material de estudio: su estudio es personal.
Se ha previsto para el día 23
de octubre una clase de consulta sobre los temas del programa.
Para acceder a la misma, los
cursantes deberán solicitarla expresamente por correo electrónico hasta las
12.00 hrs del día viernes 20 de octubre. En esta oportunidad se le comunicará
el horario y lugar de la misma.
V- Del sistema de calificación
Para la evaluación el alumno
rendirá un examen de opción múltiple.
La evaluación se realizará en
el gabinete informático de la Escuela de Capacitación, el día miércoles 25 de
octubre de 2017, a las 8.00 hrs.
El nivel aprobado
corresponderá al 70% de respuestas correctas.
VI- De la autoridad en las evaluaciones
Durante la realización de las
evaluaciones, la única persona autorizada para decidir sobre su duración y el
empleo de libros o apuntes, es el Miembro de Comisión Directiva presente.
Si un alumno es sorprendido
en falta en la evaluación, recibe la calificación de cero.
VII- Del resultado de las calificaciones.
El resultado de las
evaluaciones será notificado personalmente, al momento de finalizar el examen.
Igual puntaje equivale a
igual mérito.
El listado de aprobados se
generará por orden alfabético
VIII- De las resoluciones.
Las resoluciones adoptadas
por el profesor del curso o la Comisión
Directiva , en su caso, tendrán carácter de irrecurribles.
Informe a la Corte de
Justicia
San Juan, 26 de octubre de 2017.-
SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CORTE DE JUSTICIA
DR. ADOLFO
CABALLERO
SU DESPACHO
En mi carácter de Director de la Escuela de Capacitación
Judicial, tengo el honor de dirigirme al Señor Presidente a fin de informarle
que se ha dado cumplimiento a la Resolución de la Corte de Justicia de fecha
tres de octubre de dos mil diecisiete dictada en Autos N° 82968, caratulados
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS s/ Pone en conocimiento (ref. informe), por la
que se resuelve: “I- Encomendar a la
Escuela de Capacitación Judicial la organización de un examen, en la modalidad
y condiciones que así lo establezca, para que puedan rendir voluntariamente
aquellos empleados del Escalafón Obrero, Maestranza y Servicios que desarrollan
principalmente tareas administrativas, de conformidad al listado que se adjunta
a la presente. II) Solicitar a la Escuela de Capacitación, que al concluir el
examen, remita al Tribunal los resultados de aquellos empleados que fueron
aprobados, estableciendo un orden de mérito.-“.
A fin de dar efectivo cumplimiento, es que la Comisión
Directiva de esta Escuela dispuso en Reunión de Comisión plasmada en resolución
de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecisiete: “…- - - I) Formalizar y ejecutar un Curso de Capacitación para el
Personal Obrero, Maestranza y Servicio – Edición 2017, en los términos de la
resolución citada en los vistos de la presente resolución. II) Disponer, a los
fines de su formalización, la redacción de un Reglamento del Curso, el que
deberá contener claras especificaciones en relación a: 1) requisitos de
admisión, 2) del trámite de inscripción, 3) del material de estudio, 4) de la
modalidad de estudio y 5) del sistema de calificación. III) Disponer asimismo la confección de un
formulario de inscripción. IV) Se
establece que el reglamento y el formulario de inscripción será sometido a
consideración de los Sres. Miembros integrantes de la Comisión Directiva, sin
necesidad de convocar a una nueva reunión de Comisión. VI) Autorizar al Señor
Director de la Escuela de Capacitación a tomar decisiones que resulten
necesarias durante el desarrollo del curso
VI) Concluido el mismo, su resultado será puesto a consideración de los
Sres. Miembros de Comisión Directiva, sin necesidad de convocar a una nueva
reunión de Comisión. VII) Fecho, será remitido un informe detallado a la Corte
de Justicia, acompañado de la documentación respaldatoria.”
Sometidos el
reglamento y formulario de inscripción a consideración de los Sres. Miembros de
Comisión, los mismos no fueron observados.
Se notificó
personalmente a las personas listadas, a quienes se les hizo entrega de las
resoluciones dictadas por la Corte de Justicia y la Escuela de Capacitación
Judicial, el reglamento del curso, el formulario de inscripción y el material
de estudio.
Conforme las
fechas establecidas, los inscriptos concurrieron el día 25 del presente mes y
año a rendir examen en sede de la Escuela de Capacitación, lo que quedó
registrado en Acta. Haciendo constar que
la única inasistencia la registró la Sra. María Teresa Recio Correa por
encontrarse en uso de licencia médica conforme informe verbal de la Dirección
de Recursos Humanos. Por lo que su evaluación tendrá lugar al momento de su
reintegro al trabajo.
Que por
correo electrónico se ha impuesto de los resultados a los Sres. Miembros de
Comisión Directiva.
Cabe aclarar
que la modalidad de evaluación implementada fue de opción de verdadero o falso,
en sistema de evaluación informática.
Por lo que
en este estado corresponde informar a la Corte de Justicia sobre el resultado
de las mismas, quedando conformado el siguiente orden de mérito:
- Pereyra
De Rosa, Martina S. – 10 (diez)
- Valdez
Paez, Sergio Augusto José – 10 (diez)
- Vega
Molina, Marianela – 10 (diez)
- Jas
Telquenca, Mario Leandro – 9.50 (nueve cincuenta)
- Barrionuevo,
Oscar Francisco – 9 (nueve)
- Durcak,
Marcela Alejandra - 9 (nueve)
- Costa,
María Irene – 8.50 (ocho cincuenta)
- Manrique,
Patricia Alejandra – 8.50 (ocho cincuenta)
- Sánchez
S. María Gabriela – 8.50 (ocho cincuenta)
- Castañares,
Víctor Mauricio – 8 (ocho)
- Molina,
Hugo Alejandro – 8 (ocho)
- Narváez,
Santiago Nehuen - 8 (ocho)
- Costa,
Irma Azucena – 7.50 (siete cincuenta)
- Guajardo,
Shaira Daiana – 7.50 (siete cincuenta)
- Lavia
Martin, María Eugenia Belén – 7.50 (siete cincuenta)
- Miranda,
Carlos Sebastián – 7.50 (siete cincuenta)
- Rodríguez
A. Maximiliano Francisco – 7.50 (siete cincuenta)
- Salvatierra
C., Nadia Lubina – 7.50 (siete cincuenta)
- Sosa,
Edgardo Nahuel – 7.50 (siete cincuenta)
- Guardia
Recio, Bruno Marcelo – 7 (siete)
- Menegazzo,
Albano Esteban – 7 (siete)
- Ovejero,
Carlos Gerardo - 7 (siete)
- Rollan,
Estefanía Sol - 7 (siete)
- Sambrano
Zalazar, Nelson Elio – 7 (siete)
- Torcivia
Corsini, Guillermo J. - 7 (siete)
- González
Cannata, Gabriela A. – 6.50 (seis cincuenta)
- Martin,
Verónica Inés – 6 (seis)
- Montivero,
Romina Vanesa - 6 (seis)
- Vera,
Jonatan Sebastián - 6 (seis)
- González,
Natalia Nancy Soledad – 5 (cinco)
- Landa,
Exequiel - 5 (cinco)
- González,
Carla Celina – 4.50 (cuatro cincuenta)
- Real,
Andrea Mariana – 4.50 (cuatro cincuenta)
- Díaz,
Gustavo Javier – 4 (cuatro)
- Recio
Correa, María Teresa – licencia médica
Adjunto
a la presente la siguiente documentación:
- Resolución
de la Escuela de Capacitación
- Reglamento
del curso
- Acta
confeccionada el día del examen
- Impresión
del listado de evaluados extraído del sistema informático.
Sin
otro particular saluda al Señor Presidente respetuosamente,
Dr.
Abel Luis Soria
Director
Etapa de recuperación -
Resolución
San Juan, 15 de noviembre de
2017.
- - - VISTO: la resolución
emanada de la Corte
de Justicia de la Provincia
de San Juan, de fecha seis de noviembre de dos mil diecisiete, por la que se: “RESUELVE: I- Encomendar a la Escuela de
Capacitación Judicial la organización de un examen recuperatorio para que
puedan rendir voluntariamente aquellos empleados del Escalafón Obrero,
Maestranza y Servicios que no aprobaron la instancia anterior, incluyendo a los
empleados que se informan en anexo adjunto. II) Solicitar a la Escuela de
Capacitación, que al concluir el examen, remita al Tribunal los resultados de
aquellos empleados aprobados, estableciendo un orden de mérito.-“.
- - - Y CONSIDERANDO: - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - Lo determinado en el Acuerdo General Nº 34 de fecha dieciséis de
diciembre de mil novecientos noventa y siete, emanado de la Corte de Justicia de la Provincia de San Juan,
que acuerda: “… Crear la Escuela de Capacitación
Judicial como organismo dependiente de la Corte de justicia, cuyo objetivo principal será:
A) Promover la formación continua y el perfeccionamiento de Magistrados,
Funcionarios y demás integrantes del Poder Judicial. La actividad ordinaria de
la misma será el dictado de cursos, seminarios, charlas, adecuado a las
particularidades inherentes a los fueros y grados de los distintos organismos
del Poder Judicial, destinados a Magistrados, Funcionarios y empleados…”. - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - -
- - - -- -- - - - - - - - - - - - - - - - - - Que corresponde que esta
resolución sea sometida a tratamiento de los Sres. Miembros integrantes de la Comisión Directiva
de la Escuela
de Capacitación, lo que así se hace. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - -
Que impuestos los Sres. Miembros, quienes, en cumplimiento de la resolución
emanada de la Corte
de Justicia, RESUELVEN: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- -- -
- - - I) Formalizar y ejecutar la ETAPA
DE EXAMEN RECUPERATORIO para quienes no aprobaron el examen del Curso de Capacitación para el Personal
Obrero, Maestranza y Servicio – Edición 2017, en los términos de la
resolución citada en los vistos de la presente, y que incluye a dos empleados
que la misma especifica en anexo adjunto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - II) Disponer, a los fines de su formalización, la redacción de un
Reglamento del examen recuperatorio, el que deberá contener claras
especificaciones en relación a: 1) requisitos de admisión, 2) del trámite de
inscripción, 3) del material de estudio, 4) de la modalidad de estudio y 5) del
sistema de calificación. - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - III) Disponer asimismo la confección de un
formulario de inscripción. - - - - - - - - - - - - - IV) Se establece que el
reglamento y el formulario de inscripción será sometido a consideración de los
Sres. Miembros integrantes de la Comisión
Directiva , sin necesidad de convocar a una nueva reunión de
Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI) Autorizar al Señor
Director de la Escuela
de Capacitación a tomar decisiones que resulten necesarias durante el
desarrollo del curso - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - VI) Concluido el mismo, su resultado será
puesto a consideración de los Sres. Miembros de Comisión Directiva, sin
necesidad de convocar a una nueva reunión de Comisión. - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - VII) Fecho, será remitido un informe detallado a la Corte de Justicia, en orden
de mérito, acompañado de la documentación respaldatoria. - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - Protocolícese y notifíquese a quien corresponda.-
Reglamento de estudios
El presente reglamento se
aplica a todos los agentes que no aprobaron el examen del curso, incluidos dos
empleados informados en anexo de la resolución.
I-
Requisitos de Admisión.
No haber aprobado el curso, o
estar incluido en el anexo informado en la resolución de fecha seis de
noviembre de dos mil diecisiete.
II- Del trámite de
inscripción.
1)
El personal referido en el punto I- del presente reglamento
será notificado telefónicamente a fin de que concurra personalmente por Secretaría Administrativa de esta Escuela de
Capacitación.
2)
Durante los días 16, 21 y 22 de noviembre de 2017, los
interesados en presentarse al examen recuperatorio deberán presentar
personalmente o por correo electrónico dirigido a la Secretaría Administrativa
de esta Escuela (capacitacionjudicial.sanjuan@gmail.com) su SOLICITUD DE
INSCRIPCIÓN, bajo apercibimiento de tenerlo por no inscripto.
3)
La solicitud de inscripción deberá contener los datos que se
adjuntan a la notificación.
4)
Finalizado el plazo de inscripción la Escuela publicará la
nómina de postulantes en su página web.
5)
El trámite de inscripción será por correo electrónico, o
personal.
III- Del material de estudio
El material es idéntico al
que se entregara a cada postulante en ocasión del dictado del curso.
IV- De la metodología
Al igual que en ocasión del
curso, el estudio del material es personal.
En esta oportunidad no se
dictará clase de consulta.
V- Del sistema de calificación
Para la evaluación el alumno
rendirá un examen de opción múltiple.
La evaluación se realizará en
el gabinete informático de la Escuela de Capacitación, el día jueves 23 de
noviembre de 2017, a las 8.00 hrs.
El nivel aprobado
corresponderá al 70% de respuestas correctas.
VI- De la autoridad en las evaluaciones
Durante la realización de las
evaluaciones, la única persona autorizada para decidir sobre su duración y el
empleo de libros o apuntes, es el Director o Miembro de Comisión Directiva
presente.
Si un alumno es sorprendido
en falta en la evaluación, recibe la calificación de cero.
VII- Del resultado de las calificaciones.
El resultado de las
evaluaciones será notificado personalmente, al momento de finalizar el examen.
Igual puntaje equivale a
igual mérito.
El listado de aprobados se
generará por orden alfabético
VIII- De las resoluciones.
Las resoluciones adoptadas
por el profesor del curso o la Comisión
Directiva , en su caso, tendrán carácter de irrecurribles.
Informe a la Corte de
Justicia
San Juan, 24 de noviembre de 2017.-
SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CORTE DE JUSTICIA
DR. ADOLFO
CABALLERO
SU DESPACHO
En mi carácter de Director de la Escuela de Capacitación
Judicial, tengo el honor de dirigirme al Señor Presidente a fin de informarle
que se ha dado cumplimiento a la Resolución de la Corte de Justicia de fecha
seis de noviembre de dos mil diecisiete, por la que se resuelve: “I- Encomendar a la Escuela de Capacitación
Judicial la organización de un examen recuperatorio para que puedan rendir
voluntariamente aquellos empleados del Escalafón Obrero, Maestranza y Servicios
que no aprobaron la instancia anterior, incluyendo aquellos que se informan en
el anexo adjunto. II) Solicitar a la Escuela de Capacitación, que al concluir
el examen, remita al Tribunal los resultados de aquellos empleados que fueron
aprobados, estableciendo un orden de mérito.-“.
A fin de dar efectivo cumplimiento, es que la Comisión
Directiva de esta Escuela dispuso, y en atención a la premura de los tiempos,
notificar por correo electrónico a los Miembros de Comisión Directiva a fin de
que se expidieran sobre el particular, lo que quedó plasmado en resolución de
fecha quince de noviembre de dos mil diecisiete: “… I) Formalizar y ejecutar la ETAPA DE EXAMEN RECUPERATORIO para
quienes no aprobaron el examen del Curso
de Capacitación para el Personal Obrero, Maestranza y Servicio – Edición 2017,
en los términos de la resolución citada en los vistos de la presente, y que
incluye a dos empleados que la misma especifica en anexo adjunto. II) Disponer,
a los fines de su formalización, la redacción de un Reglamento del examen
recuperatorio, el que deberá contener claras especificaciones en relación a: 1)
requisitos de admisión, 2) del trámite de inscripción, 3) del material de
estudio, 4) de la modalidad de estudio y 5) del sistema de calificación. III) Disponer asimismo la confección de un
formulario de inscripción. IV) Se establece que el reglamento y el formulario
de inscripción será sometido a consideración de los Sres. Miembros integrantes
de la Comisión Directiva ,
sin necesidad de convocar a una nueva reunión de Comisión. VI) Autorizar al Señor
Director de la Escuela
de Capacitación a tomar decisiones que resulten necesarias durante el
desarrollo del curso VI) Concluido el mismo, su resultado será puesto a
consideración de los Sres. Miembros de Comisión Directiva, sin necesidad de
convocar a una nueva reunión de Comisión. VII) Fecho, será remitido un informe
detallado a la Corte
de Justicia, en orden de mérito, acompañado de la documentación respaldatoria”
Sometidos el reglamento y formulario de inscripción a
consideración de los Sres. Miembros de Comisión, los mismos no fueron
observados.
Se notificó personalmente a las personas listadas, a
quienes se les hizo entrega de las resoluciones dictadas por la Corte de
Justicia y la Escuela de Capacitación Judicial, el reglamento del examen recuperatorio,
el formulario de inscripción, excepto el material de estudio, ya que fue el
mismo empleado para el examen reprobado. Sí se hizo entrega a los nuevos
empleados incluidos.
Conforme las fechas establecidas, los inscriptos
concurrieron el día 23 del presente mes y año a rendir examen en sede de la
Escuela de Capacitación, lo que quedó registrado en Acta.
Que por correo electrónico se ha impuesto de los
resultados a los Sres. Miembros de Comisión Directiva.
Cabe aclarar que la modalidad de evaluación implementada
fue de opción de verdadero o falso, en sistema de evaluación informática.
Por lo que en este estado corresponde informar a la Corte
de Justicia sobre el resultado de las mismas, quedando conformado el siguiente
orden de mérito:
- LANDA, EXEQUIEL – 8.78 (ocho con setenta y ocho)
- MONTIVERO, ROMINA VANESA – 8.70 (ocho con
setenta)
- VERA, JONATAN SEBASTIAN – 7.78 (siete con setenta
y ocho)
- RECIO CORREA, MARIA TERESA – 7.73 (siete con
setenta y tres)
- GONZALEZ, NATALIA NANCY SOLEDAD – 7.50 (siete con
cincuenta)
- COLL, DIEGO MARTÍN – 7.35 (siete con treinta y
cinco)
- MARTÍN, VERÓNICA INÉS – 7.18 (siete con
dieciocho)
- GONZALEZ CANNATA, GABRIELA A. – 6.73 (seis con
setenta y tres)
- GONZALEZ, CARLA CELINA – 5.57 (cinco con
cincuenta y siete)
- REAL, ANDREA MARIANA – 5.48 (cinco con cuarenta y
ocho)
- DIAZ, GUSTAVO JAVIER – 4.92 (cuatro con noventa y
dos)
- JULIO, ROSANA BEATRIZ – 4.83 (cuatro con ochenta
y tres)
Adjunto a la presente la siguiente
documentación:
- Resolución de la Escuela de Capacitación
- Reglamento del curso
- Acta confeccionada el día del examen
- Impresión del listado de evaluados extraído del
sistema informático.
Sin otro particular saluda al Señor
Presidente respetuosamente,